Los materiales físicos sí estarán disponibles para consulta a partir de la segunda mitad de este año pero en salas vigiladas en la Biblioteca de México.

Hace unos días, en medio de un zafarrancho por demás difundido, concluyó un nuevo periodo ordinario de sesiones en el Poder Legislativo y con él, una vez más, se postergó una serie de iniciativas en el terreno de la cultura, entre prudentes y urgentes para los gremios involucrados, pero desatendida y puestas en último orden desde el Legislativo.

Uno de estos pendientes es el proyecto de decreto por el que se reforman los artículos 33, 39 y 43, y se adiciona el artículo 34 Bis en la Ley General de Bibliotecas, todo esto, en materia de depósito legal.

Estos cambios son meras correcciones a la reforma integral sobre esta ley realizada en 2021. Resalta la adición del 34 Bis, donde se señalan seis criterios para la integración de los materiales obligados a entregarse al depósito legal, entre ellos, dice textual: “respeto a los derechos de autor y conexos” e “implementación de medidas tecnológicas de protección por parte de las instituciones depositarias”.

Estas correcciones, que no se retomarán sino, con suerte, a partir de septiembre próximo, tras el inicio del siguiente periodo ordinario, son una respuesta a la serie de amparos promovidos ante la Suprema Corte de Justicia de la Nación por unos 80 grupos afectados por las reformas de 2021, quienes argumentaron que las instituciones receptoras del depósito legal no tienen las medidas tecnológicas necesarias para evitar la piratería, en particular de materiales digitales, es decir, libros electrónicos, bandas sonoras y material audiovisual, principalmente.

Por esta razón, José Mariano Leyva, director de la Biblioteca Vasconcelos y la Biblioteca de México, esta última como una de las tres instituciones depositarias habilitadas por las reformas a la ley de 2021 –el resto son la Biblioteca Nacional de México, de la UNAM, y la Biblioteca del Congreso de la Unión–. El objetivo es conocer si se trabaja en la implementación de herramientas tecnológicas para garantizar la seguridad de los materiales del depósito legal y cuál es la intención después de que en 2021 se dijera que se pondrían a disposición en toda la Red de Bibliotecas del país.

El funcionario reconoce que “con la ley, como salió, la preocupación de los editores era completamente válida”, especialmente sobre la vulnerabilidad del formato digital para ser objeto de piratería dentro de las bibliotecas públicas.

Ahora bien, agrega José Mariano Leyva, “la ley mandata, con toda claridad, que tenemos que poner a disposición los títulos del depósito legal (…) lo que estamos haciendo en el caso de la Biblioteca de México es que todos los ejemplares digitales que llegan se resguardan en discos duros ciegos, sin acceso a internet, pero se quedan en la parte de conservación, es decir, todavía no se pondrán a disposición de los usuarios”.